sábado, 23 de enero de 2010

Published 23:13 by

Adaptacion de jornada


 
Uno de los efectos de esta crisis son las altas taxas de paro, pero en paralelo las medidas propuestas por politicos o por empresarios orientadas a adaptar la jornada para mantener el empleo.

Por mi experiencia como consultor a nivel nacional, he constatado que de las propuestas mas extendidas, la mas adaptada en la PYME de menos de 50 trabajadores es la reduccion a media jornada por los altos costes de seguridad social que se ahorran, aunque luego en algunos casos se mantenga la jornada completa y entre empresario y trabajador se llegue a un acuerdo extra-laboral, que aunque luego derive en una economia sumergida, es tolerable porque mantiene el consumo.

La PYME tiene pocas herramientas fiscales a su favor, por tanto, ante reducciones de facturacion de menos del 20% o en los casos mas graves, con cotas del 30%, si no hay ingresos hay que reducir costes, y uno de los costes mas gestionable son los costes laborales y las compras.

Las compras con proveedores se autogestionan con el aplazamiento de pagos, la regularizacion de deudas pendientes, y las compras bajo demanda bajo el precepto de "no stocks".

Pero volviendo a la gestion de los costes laborales, en paises como los EEUU o Inglaterra, se ha pasado a aplicar jornadas semanales activas de 4 dias, en vez de 5, para de este modo evitar despidos. Hecho que ha supuesto una reduccion de jornada de 32 horas que se aproxima a las promulgaciones francesas de adoptar la jornada de 30 horas.

En otros casos, la adoptacion a 4 dias laborables se ha orientado a un ahorro de costes en el gasto energetico, puesto que se ha pasado de trabajar 5 jornadas de 8 horas, a trabajar 4 jornadas de 10 horas.

No obstante, cada empresa tiene su propia realidad, y la concienciación al respecto depende de empresa y empresario, siempre al amparo de la realidad comercial de la empresa, y lo permitido por la ley, más un buen entendimiento y diálogo entre las partes, velando por una continuidad de la marcha de la empresa y mantener el empleo aunque se ajuste jornada.

Para ampliar información, y contrastar cual es el amparo juridico podemos consultar el siguiente link , en el cual, nos remiten al artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores.


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